Avalan actuación de Fuerza Pública en las intervenciones de bloqueos

 

 

Este martes, el Ministerio de Seguridad conoció dos resoluciones de la Sala Constitucional, en las que se respaldan las acciones efectuadas por la Fuerza Pública en los bloqueos; uno de ellos en Cañas, provincia de Guanacaste y el segundo en Los Pinos y Loma Verde de Pérez Zeledón.

El primero de ellos se trató de un Recurso de Habeas Corpus interpuesto por un hombre de apellido Sandoval por los hechos dados el 14 de octubre pasado, en Los Pinos y Loma Verde. El accionante indicaba que la Fuerza Pública realizó una incursión abusiva con la falsa excusa de remover bloqueos que no existieron en la vía pública. Al respecto la Sala consideró que: “…no se comprobó alguna afectación concreta a la integridad de los accionantes”, por lo que se declaró sin lugar el recurso. El segundo de ellos, la accionante, una mujer de apellido Zamora se refirió a los hechos del 8 de octubre registrados en Cañas, provincia de Guanacaste.

En dicho recurso se manifestó que la Policía actuó de manera desproporcionada e irracional y que procedió a detener al azar a las personas que fueron encontrando en medio de la acción. Al respecto, los magistrados consideraron que; el 8 de octubre hubo disturbios en la localidad de Cañas y varios oficiales resultaron heridos. La violencia puso en riesgo la Fiscalía local, lo cual obligó a las autoridades a trasladar a las personas detenidas a Liberia.

La Sala en su resolución indicó que, en el caso concreto de uno de los detenidos y que refiere la accionante, este se mantenía dentro de las manifestaciones y según lo aportado por el Ministerio de Seguridad, su detención se dio por una causa legítima. A esta persona se le acusaba de lanzar piedras a los oficiales de Fuerza Pública y además se encontraba en violación a la orden sanitaria dictada en su contra.

También resaltó que la Policía veló por su salud y lo trasladó al centro médico para su atención. La accionante, además refirió en dicho Recurso, la presunta desaparición de los tutelados. Los magistrados tuvieron por probado que, dada la violencia de los hechos ocurridos en Cañas, el riesgo ameritó el traslado de los detenidos a Liberia, por lo cual los amparados no estaban desaparecidos.