Extranjeros en condición de turistas podrán utilizar su licencia de conducir hasta el 18 de agosto

La Dirección General de Educación Vial informó que se extiende la prórroga para que las personas extranjeras en condición de turistas o de tránsito puedan continuar conduciendo con la licencia de su país.

Se estableció que las personas que hayan ingresado a nuestro país posterior al 17 de diciembre de 2019 y permanezcan en condición de turista o tránsito, podrán desplazarse utilizando la licencia de su país sin ser multados, hasta el próximo 18 de agosto de 2020, lo anterior acorde con la resolución emitida por la Dirección General de Migración y Extranjería del Ministerio de Gobernación y Policía.


Según las normas internacionales una persona puede conducir durante 3 meses con su licencia en un país extranjero, pasado este tiempo deberá homologarla, es decir, validarla como una del país donde reside con las mismas características de la que posee.


Con el cierre de aeropuertos por COVID-19, muchos extranjeros que únicamente venían en condición de turistas han debido prolongar su estancia en Costa Rica, pero van a regresar a  sus países conforme se de la reactivación de los vuelos, por lo que no es una necesidad para ellas homologar su licencia razón por la cual se les extiende la prórroga.


Los extranjeros en otras condiciones (residentes, refugiados, entre otros) con permanencia en el país tienen la opción de obtener una cita los jueves a partir de las 8 am mediante el enlace https://servicios.educacionvial.go.cr/Formularios/SolicitarCitaTramite para realizar el trámite de homologación.

Es importante aclarar que este trámite de homologación solo debe realizarse una vez por la persona extranjera ya que la licencia que obtiene es una de este país que posteriormente se renueva bajo el procedimiento habitual de una nacional.

Actualmente la DGEV trabaja solo con atención mediante cita cualquiera de sus servicios a los cuales es obligatorio asistir utilizando cubrebocas o mascarilla.

Fuente: MOPT